Las Compañías de Teléfono tienen la obligación de liberar tu Celular

Las Compañías de Teléfono tienen la obligación de liberar tu Celular

Al momento de comprar un teléfono móvil, nos encontramos ante la disyuntiva de si comprarlo bloqueado o liberado. La ventaja de tener un smartphone libre, es que funciona con cualquier operador, lo cual da muchas ventajas, como la de no estar dependiente únicamente de una empresa. Al contrario con teléfonos bloqueados, que los mismos proveedores de servicio les ponen un candado, para que los clientes están obligados a permanecer en su red.

Otro caso, es por medio de los contratos, las empresas de telefonía te dan el dispositivo con el compromiso de estar con ellos por X cantidad de meses, pagando una cuota mensual tanto por el servicio que te dan como por el teléfono, y al final de estos contratos, el smartphone te pertenece, sin embargo continua sujeto únicamente a una red.

En el caso de Guatemala, Tigo y Claro venden sus dispositivos destinados únicamente para que funcionen bajo su red, no importando si estos no son adquiridos bajo contrato, caso contrario con Movistar que vende los celulares liberados. Y los distribuidores venden de los dos tipos, tanto liberados como bloqueados.

Celulares desbloqueados

Sin embargo, me di a la investigación sobre la liberación de teléfonos celulares, y en la ley de Equipos y Terminales Móviles, una ley del 2013, la cual además de crear un registro de las terminales móviles, los SIM, y de los distribuidores, también crea delitos y sanciones tanto para los usuarios como para los distribuidores, en este caso tanto las operadoras como terceras personas.

¿Y que dicen las empresas?

Me di a la tarea de preguntarle a los tres proveedores de telefonía en el país como lo es Tigo, Claro y Movistar, para saber si cumplían con lo que establece la ley.

En Tigo, me informaron que al finalizar el contrato se debe de hacer la consulta en sus tiendas, ya que no en todos los aparatos se puede realizar y es necesaria la verificación de técnicos. Y que para mayor información que visitara un centro de servicio técnico.

Mientras tanto la empresa Claro, como su nombre lo dice fue muy claro y enfático al decirme que NO realiza ningún liberación de equipos, esta negativa persistió aún cuando les indiqué el articulo 13 de la ley de Equipos y Terminales Móviles.  La actitud tomada por Claro, me recordó el problema de Rodrigo Polo, con esta empresa, a quien contacté para que me comentará su experiencia sobre la liberación de un iPhone, quien pidió que le desbloquearan su iPhone y una explicación de por qué no podían desbloquearlo y en una agencia le dieron un documento afirmando que a la larga el teléfono no era de el, y al final le indicaron es que Apple quien los obliga a no liberar teléfonos, algo que vía telefónica le desmintió Apple.

Caso contrario con Movistar, quienes me informaron que si realizaban la liberación de iPhone, pero que hayan sido adquiridos en Movistar, al igual que cualquier otro dispositivo, siempre y cuando el usuario lo solicite.

¿Y que dice la Ley?

Según esta ley, y en base a lo que establece su artículo 13 que literalmente establece:

Liberación de los equipos terminales móviles. Todo importador, distribuidor y/o vendedor de equipos terminales móviles en el país deberá habilitar para ser utilizados en la red de cualquier operador de servicios de telecomunicaciones, permitiendo al usuario el poder elegir y cambiar libremente de operador o proveedor, siempre y cuando hayan sido cumplidas las condiciones contractuales. 

Quedan exceptuadas de lo establecido en el párrafo anterior, los operadores importadores de equipos terminales móviles, que ofrezcan, dentro de sus planes de telefonía, a opción del usuario, adquirir equipos terminales móviles bloqueados sujetos a configuraciones técnicas, electrónicas, por hardware, software o físicas que restrinjan su uso solo a la red del operador que le preste servicio de telefonía móvil, a excepción de cuando el cliente o usuario decida expresamente contratar de otra forma, que considere obtiene mayores beneficios para él, para lo cual se pactarán las condiciones necesarias con el operador o proveedor del equipo terminal móvil. El operador debe desbloquear el equipo terminal móvil, previa solicitud del usuario, una vez haya finalizado el plazo de contratación del servicio para el que fue provisto el equipo terminal móvil. Cuando exista este tipo de contratación, los plazos no podrán exceder los veinticuatro (24) meses… 

El operador o proveedor debe informar por escrito o por medio electrónico al usuario si el equipo terminal móvil se encuentra bloqueado para que solo pueda ser utilizado en determinada red y las condiciones de cómo puede ser desbloqueado sin costo adicional al consumidor, una vez adquirida la propiedad del equipo terminal móvil, como sería haber concluido el plazo contractual al que hace alusión este artículo.

Según este artículo, tanto las operadoras como los distribuidores, tienen la obligación, de liberar el equipo, siempre y cuando:

  1. Si compramos el teléfono sin ningún contrato, es decir los tienen que vender desbloqueados; y,
  2. Si el teléfono fue adquirido mediante contrato, al finalizar este, la operadora tiene la obligación de liberarlo; y en ambos esta liberación será a solicitud del usuario y tendrá que ser de forma gratuita.

¿Pero que pasa si, aún así se niegan a la liberación del equipo?

Si, alguna empresa que provee los servicios de telefonía o distribuye teléfonos celulares, se niega a  la liberación de estos, la misma ley, establece las sanciones según lo establece el artículo 34 de la Ley de Equipos y Terminales Móviles, que reforma y adiciona las faltas cometidas al artículo 81 de la Ley General de Telecomunicaciones:

g) … h) … i) Por no acatar el operador, el importador, distribuidor y/o vendedor entregar los teléfonos liberados, en los casos en que no existan condiciones contractuales específicas de bloqueo, conforme lo que establece el artículo 13 de esta ley.

A lo que nos lleva a la sanción, si las empresas de telefonía, importadores o distribuidores no cumplen con la obligación de liberar el teléfono, estos tendrán que pagar una multa que va desde los diez mil uno a cien mil UMAs (unidades de multa) y estas son determinadas por la Superintendencia de Telecomunicaciones; El valor de cada UMA será equivalente a un dólar de los Estados Unidos de América.

Así que si tienen un celular bloqueado por alguna operadora, es ahora que le pueden solicitar su liberación, y es que tener un teléfono de este tipo, nos sirve tanto para probar los servicios de otras compañías o al momento de  viajar poder utilizarlo fuera del país.

Ahora es turno de nosotros los usuarios de ejercer nuestro derecho de utilizar nuestros teléfonos como nosotros queramos.

Fuentes: